Si has realizado inversiones entre el 1 de enero de 2021 y hasta el 31 de diciembre de 2022 esta subvención es para ti.
- ¿Has realizado la compra de maquinaria o bienes de equipos?
- ¿Has digitalizado tu empresa mediante la adquisición de software?
- ¿Has hecho reformas o acondicionado tu local?
- ¿Has contratado servicios de consultoría, tutorización, asistencia técnica o servicios de asesoramiento y apoyo a la innovación?
- ¿Has implantado o te has certificado con alguna norma?
Se podrá subvencionar entre el 35% y el 45% del proyecto con un máximo de 60.000€ por subvención.
Objetivo
Estas subvenciones tienen como finalidad la reactivación económica de las pequeñas y medianas empresas de Canarias mediante el apoyo a la creación de nuevas empresas y la consolidación de las existentes, mediante proyectos destinados a realizar mejoras productivas, innovadoras y organizativas, como parte de la respuesta de la Unión Europea a la pandemia de la COVID-19. Proyectos Subvencionables: Apoyo a la creación de nuevas pymes.
Podrán ser objeto de subvención los proyectos de inversión destinados a la actividad de industria, construcción, turismo, comercio, transportes y de servicios en general.
Plazo de presentación de solicitudes
Desde el 13/04/2023 al 04/05/2023, ambos inclusive
Requisitos previos
Podrán ser objeto de subvención los siguientes tipos de proyectos dirigidos a:
- A) Apoyo a la creación de nuevas pymes.
- B) Consolidación de las pymes existentes, mediante proyectos destinados a realizar mejoras productivas, innovadoras y organizativas de las empresas que sean necesarias a tal fin, recogidos en el Anexo II.
El plazo para realizar la actividad y para considerar los gastos subvencionables se computará desde el 1 de enero de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2022. Los proyectos iniciados con anterioridad a esta fecha no serán subvencionados.
El plazo para justificar la actividad coincidirá con el plazo para la presentación de la solicitud de subvención.
Los proyectos deberán reunir las condiciones siguientes:
- a) Ser técnica, económica y financieramente factibles y se adecúen a la capacidad, estructura y actividad de la empresa.
- b) Ser completos, es decir, que aunque ampliable y mejorable en un futuro, sea ya totalmente suficientes para su aplicación.
- c) El consultor externo, en su caso, ha de reunir las garantías suficientes de capacidad y especialización.
Los gastos subvencionables han de ascender como mínimo a 10.000 euros y serán aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada que hayan sido efectivamente realizados y pagados a partir del 1 de enero de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2022 y que cumplan los requisitos indicados en esta Orden de bases.
En el caso de proyectos del tipo A) Apoyo a la creación de nuevas pymes, las personas físicas o jurídicas contarán con alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) efectuada entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2022 o, en caso de estar exentos del mismo, modelo de declaración censal de alta.
Cada empresa podrá presentar únicamente una solicitud por cada tipo de proyecto subvencionable (A, B.1, B.2 y B.3), hasta un máximo de dos solicitudes.
La presentación de las solicitudes, instancias, comunicaciones y demás documentación exigible, se realizará obligatoriamente a través del aplicativo informático de gestión de la convocatoria, ubicado en la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, en la siguiente dirección de Internet: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/procedimientos_servicios/tramites/7937
Seminario Online explicativo de la subvención
- Viernes, 14 de abril de 2023
- 10:00 – 11:30
- Inscripción
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