Como viene siendo habitual, la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) nos recuerda las obligaciones fiscales que los contribuyentes tendrán que cumplimentar a lo largo del mes de septiembre de 2024.
A lo largo del mes de septiembre, de vuelta a la rutina para la mayoría, los contribuyentes tendrán que cumplir con las siguientes obligaciones tributarias, tal y como nos recuerda la Agencia Tributaria:
Hasta el 12 de septiembre
INTRASTAT – Estadística Comercio Intracomunitario
- Agosto 2024. Obligados a suministrar información estadística.
Hasta el 20 de septiembre
Renta y Sociedades
Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y participaciones de las Instituciones de Inversión Colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas.
- Agosto 2024. Grandes empresas: 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 216, 230.
Impuesto sobre el Valor Añadido
- Julio y agosto 2024. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias: 349.
Impuesto sobre las Primas de Seguros
- Julio y agosto 2024: 430.
Impuestos Especiales de Fabricación
- Junio 2024. Grandes empresas: 561, 562, 563.
- Agosto 2024: 548, 566, 581.
- Declaración de operaciones por los destinatarios registrados, representantes fiscales y receptores autorizados: 510.
Impuesto Especial sobre la Electricidad
- Agosto 2024. Grandes empresas: 560.
Impuestos Medioambientales
- Agosto 2024. Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. Autoliquidación: 592.
- Año 2024. Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica. Segundo pago fraccionado: 583.
Impuesto sobre las Transacciones Financieras
- Agosto 2024: 604.
Gravamen temporal energético
- Declaración del ingreso de la prestación 2024: 795.
Gravamen temporal de entidades de crédito y establecimientos financieros de crédito
- Declaración del ingreso de la prestación 2024: 797.
Hasta el 30 de septiembre
Impuesto sobre el Valor Añadido
- Año 2023. Solicitud de devolución del IVA soportado: 360, 361.
- Agosto 2024. Autoliquidación: 303.
- Agosto 2024. Grupo de entidades, modelo individual: 322.
- Agosto 2024. Grupo de entidades, modelo agregado: 353.
- Agosto 2024. Ventanilla única – Régimen de importación: 369.
- Agosto 2024. Operaciones asimiladas a las importaciones: 380.
- Primer trimestre 2024: solicitud de reembolso de las cuotas tributarias soportadas por las fuerzas armadas de los Estados miembros de la UE: 381.
Impuestos Medioambientales
- Julio y agosto 2024. Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. Presentación contabilidad y libro registro de existencias.