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  • Compartimos las bonificaciones y reducciones a las cuotas empresariales a la Seguridad Social de las que se pueden beneficiar las empresas si convierte alguno de los contratos siguientes a Indefinido.

 

Bonificaciones y Reducciones tras la conversión de un contrato en Indefinido

Bonificaciones y Reducciones tras la conversión de un contrato en Indefinido

 

Conversión de contratos para la Adquisición de la Práctica Profesional

Cuantía anual en empresas de menos de 50 trabajadores: bonificación a las cuotas empresariales a la Seguridad Social.

  • Hombres: 500 euros.
  • Mujeres: 700 euros.

Duración: 3 años.

Vigencia de la medida: indefinida.

NormativaLey 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral.

 

Conversión de contratos para la Formación en Alternancia

Cuantía anual: reducción a las cuotas empresariales a la Seguridad Social.

  • Hombres: 1.500 euros.
  • Mujeres: 1.800 euros.

Duración: 3 años.

Vigencia de la medida: indefinida.

NormativaLey 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral.

 

Conversión de contratos de Relevo

Cuantía anual en empresas de menos de 50 trabajadores: bonificación a las cuotas empresariales a la Seguridad Social.

  • Hombres: 500 euros.
  • Mujeres: 700 euros.

Duración: 3 años.

Vigencia de la medida: indefinida.

NormativaLey 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral.

 

Conversión de contratos de Sustitución por Jubilación

Cuantía anual en empresas de menos de 50 trabajadores: bonificación a las cuotas empresariales a la Seguridad Social.

  • Hombres: 500 euros.
  • Mujeres: 700 euros.

Duración: 3 años.

Vigencia de la medida: indefinida.

NormativaLey 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral.

 

Conversión de Contratos Temporales de Fomento del Empleo, Contratos para la Adquisición de la Práctica Profesional y de Formación en Alternancia en Empresas Ordinarias para personas con discapacidad

Inscritos como demandantes de empleo

Cuantía anual de la bonificación:

Discapacidad

  • Menores de 45 años: hombres, 4.500 euros; mujeres, 5.350 euros.
  • Mayores de 45 años: hombres y mujeres, 5.700 euros.

Discapacidad Severa

  • Menores de 45 años: hombres, 5.100 euros; mujeres, 5.950 euros.
  • Mayores de 45 años: hombres y mujeres, 6.300 euros.

Duración: durante la vigencia del contrato.

Conversión: durante la vigencia del contrato.

Vigencia de la medida: indefinida.

NormativaLey 43/2006, de 29 de diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo.

 

Cofinanciación del Fondo Social Europeo

Las bonificaciones de las cuotas a la Seguridad Social descritas podrán estar cofinanciadas por el Fondo Social Europeo.

 

Ante cualquier duda o aclaración sobre cómo un autónomo puede contratar a un empleado, contacta con nuestros profesionales

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